El actual Código Técnico de la Edificación (CTE) define que un ascensor accesible es aquel que cumple la UNE-EN 81-70:2004 junto con unas condiciones adicionales, donde se citan unas dimensiones mínimas de cabina (las de la versión 2004). El CTE establece un marco normativo para los edificios en cuestiones de seguridad y accesibilidad, y tiene rango de ley de obligado cumplimiento.
El propio CTE indica que, cuando se cita una norma armonizada, debe entenderse que debe aplicarse la versión armonizada que esté vigente en el momento en que se aplique. Pues bien, la norma UNE EN 81-70:2004 es sustituida por la nueva versión UNE EN 81-70:2022+A1:2022 que, entre otros cambios, establece unas nuevas dimensiones mínimas de cabina para que el ascensor sea considerado accesible, lo que habrá que tener en cuenta al establecer las dimensiones del hueco para su instalación.
Esto afecta tanto a edificios de nueva construcción, como a edificios existentes.
Al ser sustituida por la nueva versión, entre otros cambios, la nueva norma armonizada UNE-EN 81-70:2022+A1:2022 establece unas dimensiones mínimas de cabina diferentes.
Como la nueva versión armonizada de la EN 81-70 será la única vigente a partir del próximo 21 de febrero de 2025, esto significa que para cumplir con la accesibilidad de acuerdo con la citada norma, los ascensores deberán cumplir esas medidas mínimas de cabina.
Agenda
11.00 h – 11.30 h Novedades y aplicación de la UNE EN 81-70 en proyectos de nueva construcción
11.30 h – 12.00 h Novedades y aplicación de la UNE EN 81-70 en proyectos de rehabilitación y reforma
12.00 h – 12.30 h Soluciones Otis para el cumplimiento de la norma UNE 81-70
12.30 h – 13.00 h Ruegos y preguntas
Ponentes
Javier Milagro – Jefe de Ventas OTIS Área Centro
Pablo Hernández – Jefe de Marketing OTIS
Inscripciones
La actividad es gratuita para profesionales del sector (arquitectos, arquitectos técnicos, ingenieros…). Se requiere inscripción previa mediante el siguiente enlace: